domingo, 12 de febrero de 2012

¿Pena excesiva?

La diferencia entre el error y el delito es una línea muy fina, pero nítidamente definida, que se llama dolo. El dolo expresa voluntad inequívoca de hacer algo... por eso unas veces es homicidio involuntario y otras asesinato, cuando un ser humano pierde la vida a manos de otro.
En el caso de Garzón, ese hombre que quiso ser superministro de Felipe y premio Nobel de la Paz, al dolo hay que añadir una segunda motivación: el ego. Un ego inmenso, cegador, inabarcable... que hace que el adalid del progreso se considere legitimado para sobrevolar el ordenamiento jurídico no ya de España, sino del mundo entero.
Como se da el caso que estos papanatas tienen siempre su corte de hooligans que justifican cualquier desmán por el hecho de que lo perpetre su ídolo, el desmán – fruto del ego – está servido.
No nos acordamos ya de esa respuesta de “eso valdrá para otros jueces, pero no para mi,” que le dio Baltasar al fiscal Zaragoza cuando éste le dijo que no se metiese donde no tenía jurisdicción... respuesta que describe con exactitud porqué aquí hay dolo y no error.
No voy a entrar en el enterramiento del caso Faisán bajo una columna de expedientes durante los años que la instrucción de hecho tan grave dependió del juez estrella... es evidente que para el canoso Petronio unos casos son importantes (aunque en ellos no pueda juzgarse a nadie) y otros no.
El Tribunal Supremo ha decretado por unanimidad (lo cual indica que la cosa estaba bastante clara) que a Baltasar Garzón se le fue la mano al vulnerar derechos esenciales de la defensa. Esa vulneración injustificable de derechos, benefició - para mas INRI - a la “trama corrupta”, de modo que consiguió el efecto contrario al que buscaba.
Y lo hizo un señor que ha estudiado leyes y va por ahí dando lecciones de derecho (a ciento y pico mil euros - de "querido Emilio" - la lección, todo sea dicho).
En España existen muchas asociaciones de letrados “para la democracia”, “por el progreso” y por “ponga-usted-aquí-lo-que-prefiera”, pero en ningún caso de los mencionados, los fines de las asociaciones persiguen la justicia.
Estas asociaciones, ejemplo de corporativismo politizado, se decantan por hacer llegar a la sociedad que la pena impuesta a Garzón ha sido excesiva... tratando de poner el peso en el error y no en el dolo.
Porque lo de la justicia es muy sencillo: si yo delego en el Estado el “ius punendi”, el Estado debe obrar en consecuencia, porque si no aplicamos la “lex talionis” y asunto arreglado... lo demás son cantos de sirena.
Si yo me salto la ley, soy sancionado, aún cuando en mi caso podría alegar ignorancia... ¿no vale eso para un juez?